domingo, diciembre 19, 2004

lectura ejercicio intelectual

"recuerdo en el colegio cuando teniamos que leer los tipicos libros, fomes, hasta que lei las cronicas de narnia, o cuando me hicieron leer martin rivas, cuando lo vi casi me dio cagadera, y cuando lo empeze a leer no pare hasta que lo termine. pero me hicieron ller el cantar del mio cid y hasta ahy llego mi interes por la lectura. y no leo desde entonces."

debo empezar de nuevo, pero por donde?

miércoles, diciembre 08, 2004


como cambia todo

domingo, diciembre 05, 2004

Historias

Historias: "Era mi vida un infierno,todo me daba igual derrepente te ví; algo raro sentí ,me empecé a enamorar me gustó tu sonrrisa y tu forma de hablar te invité a salir,me dijiste que sí,me embrujó tu mirar Y tú me enseñaste a amar.Seras para mí y yo siempre seré para tí tú me enseñaste a amar. Tus amígos me dícen que me olvíde de tí,no hago caso mi amor tuyo es mi corazón y por tí soy felíz Si algún día tú quisieras alejarte de mí,no sabría que hacer,pués no te quiero perder y quiero estar junto atí. Y tú me enseñaste a amar ... "

HUEMULIN

HUEMULIN

Esta pagina es de un chileno amante del comic

jueves, noviembre 04, 2004

domingo, octubre 31, 2004

pensamiento...

Uno ve lo que quiere ver, si quiere encontrar el lado malo, lo vas a encontrar igual.

sábado, octubre 23, 2004

codigos de barra

Código EAN 13
El símbolo EAN 13 que tiene que el mismo número de cifras que el UPC-A. Incluye, además, un decimotercer carácter, destinado al control, y calculado mediante algoritmo Modulo 10.

El símbolo EAN 13 tiene caracteres específicos de inicio y fin. El mensaje codificado está separado en dos por un separador central.

Código EAN 8
El símbolo EAN 8 tiene 8 caracteres, el primero de los cuales es el de control.

Al igual que el código EAN-13, el símbolo EAN-8 tiene caracteres específicos de inicio y fin. También se presenta dividido en dos partes iguales por medio de un separador central.

Extensión de los códigos EAN y UPC

Hay introducción de datos para los códigos EAN y UPC con extensión debe realizarse siguiendo una sintaxis especial de introducción de datos: se debe introducir el carácter / entre el código y su extensión.

Ejemplo:
Un código EAN8 con una extensión de dos caracteres:
1234567/85

Observación: si el código o su extensión no tienen el número de caracteres necesario, se completarán mediante ceros.

Código UPC
El código UPC (Universal Product Code) se utiliza en Estados Unidos, desde 1973, en el sector de la gran distribución. Se trata de un código numérico, continuo
y de longitud fija, que permite identificar de forma única un producto y su fabricante.
UPC-A
El símbolo UPC-A tiene doce cifras:
La primera cifra es un "número de sistema" con el que se identifica el tipo de producto.
El "número de sistema" viene seguido por primer grupo de cinco cifras, utilizadas para identificar al fabricante del producto.
Le sigue un segundo grupo de cinco cifras, con el que se identifica el producto.
Para cerrar la serie se coloca el carácter de control del código, calculado mediante el algoritmo Modulo 10.
UPC-E
El símbolo UPC-E es una variante comprimida del UPC-A, que se suele utilizar para identificar artículos de tamaño reducido. La técnica de compresión utilizada se conoce como "supresión de ceros".
Ejemplo:
El mensaje 12300-00064 codificado en UPC-A se convierte en 123643, cuando se codifica en UPC-E. El número 3 que aparece colocado a la derecha indica el tipo de compresión.
El mensaje del código UPC-E puede tener 6 cifras (forma comprimida) o 10 (forma normal). Cuando se codifican 10 cifras, el mensaje del UPC-E debe tener una de las formas siguientes:
cc00000ccc
cc10000ccc
cc20000ccc
ccc00000cc
cccc00000c
ccccc0000c (el último carácter debe situarse entre 5 y 9)

www.aduana.cl

www.aduana.cl: "Dictamen de Clasificación Nº 54, de 29 Agosto 2003


VISTOS:

La solicitud del Agente de Aduanas Sr. Fernando Maurel W., en representación de la empresa “Adicorp S.A.”, por la cual pide que se emita un dictamen que determine la clasificación arancelaria que le corresponde a una mercancía denominada “Impresora de códigos de barra marca Zebra, Modelo TLP 2746”.



Las Notas Explicativas de las Partidas 84.71 y 84.43 del Arancel Aduanero.



CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a información entregada por el Despachador, la unidad en estudio imprime por método de transferencia térmica y/o transferencia directa en una gran variedad de materiales (sustratos) y cintas. Estos sustratos son comúnmente rollos de etiquetas autoadhesivas y TAGS de cartulina.



Que, según la misma fuente de información, el método de impresión directa se caracteriza por el contacto entre el cabezal de la impresora y una etiqueta autoadhesiva térmica, similar al papel de fax, la cual al ser calendada reacciona químicamente generando la impresión. A su vez, el método de impresión por transferencia térmica consiste en el contacto del cabezal de la impresora con una cinta que contiene tinta adherida a su superficie, la cual al ser calentada transfiere la imagen sobre la etiqueta.



Que, agrega el peticionario, estas impresoras funcionan sólo si están conectadas a máquinas de procesamiento de datos y de esa manera pueden recibir y enviar datos en horma de códigos utilizables por el sistema; las etiquetas que imprime cada impresora térmica o de transferencia térmica dependen directamente de algún software que recibe una máquina de procesamiento de datos.



Que, según antecedentes técnicos aportados por el recurrente y otros obtenidos en la página Web del fabricante, las impresoras marca Zebra, modelo TLP 2746, imprimen etiquetas de códigos de barras para aplicaciones tales como logística y control de inventario, etiquetas de recepción y envío, identificación UPC y EAN de productos, fabricación y etiquetas bajo especificaciones normalizadas. Su robusta construcción metálica, junto con la elevada calidad de sus otras características (como procesador dual, arquitectura basada en la tecnología flash, rebobinador y dispensador estandar) hacen que la impresora sea la elección ideal APRA las necesidades de etiquetas industriales. Presentan las siguientes características:



- Método de impresión de transferencia térmica y/o método de impresión térmica directa.



- Ancho máximo de impresión de 104 mm (4,09”).



- Memoria flash de 512 KB; 256 KB SRAM



- Procesador dual.



- Velocidad de impresión de 51 mm/s (2pps) hasta 152 mm/s (6pps)



- Resolución de 8 puntos/mm (203 ppp).



- Puerto paralelo (Centranics) y serial RS232



- Lenguaje de programación ASCII EPL2



Que, entre las Partidas susceptibles de tenerse razonablemente en cuenta par clasificar la mercancía materia del presente estudio arancelario se encuentran las Nºs 84.71 y 84.43.



Que, la Partida 84.71 del Arancel Aduanero ampara las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos y sus unidades; lectores magnéticos u ópticos, máquinas para registro de datos sobre soporte en forma codificada y máquinas para tratamiento o procesamiento de datos, no expresadas ni comprendidas en otra parte.



Que, la Nota 5 B) del Capítulo 84 señala que las máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos pueden presentarse en forma de sistemas que comprendan un número variable de unidades individuales. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado E) siguiente, se considerará que forma parte de un sistema completo cualquier unidad que cumpla con todas las condiciones siguientes:



a) que sea del tipo utilizado exclusiva o principalmente en un sistema automático para tratamiento o procesamiento de datos;



b) que pueda conectarse a la unidad central de proceso, sea directamente, sea mediante otra u otras unidades; y



c) que sea capaz de recibir o proporcionar datos en una forma (códigos o señales) utilizable por el sistema.



Que, respecto de la clasificación de las unidades de entrada o de salida, la misma Nota 5, en la letra D), dispone que las impresoras, teclados, dispositivos de entrada por coordenadas X-Y y unidades de almacenamiento de datos por disco, que cumplan las condiciones establecidas en los Apartados B) b) y B) c) anteriores, se clasificarán siempre como unidades de la partida 84.71.



Que, de conformidad con antecedentes técnicos del fabricante, las impresoras, aún cuando trabajan conectadas con una maquina para tratamiento o procesamiento de datos mediante un puerto paralelo (Centronics) y serial RS232, no permiten imprimir cualquier tipo de texto, sino que su funcionamiento está limitado a la impresión de códigos de barras en etiquetas.



Que, por las razones antes anotadas, es aplicable la Nota 5 E) del Capítulo 84, que dispone: “Las máquinas que desempeñen una función propia distinta del tratamiento o procesamiento de datos y que incorporen una máquina automáticas para tratamiento o procesamiento de datos o trabajen en unión con tal máquina, se clasificarán en la partida correspondiente a su función o, en su defecto, en una partida residual.



Que, cabe hacer presente que las impresoras que trabajan en conexión con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos pero tienen por sus dimensiones, su capacidad técnica y sus aplicaciones especiales las características de máquinas de imprimir para una determinada función de imprenta o artes gráficas, se consideran máquinas con función propia.



Que, la partida 84.43 del Arancel Aduanero comprende las máquinas o aparatos de imprimir mediante caracteres de imprenta, clisés, planchas, cilindros y demás elementos impresores de la partida 84.42; máquinas de imprimir por chorro de tinta, excepto las de la partida 84.71; máquinas auxiliares de imprenta.



Que, de conformidad con las Notas Explicativas de la partida antes señalada, ésta comprende, además de las máquinas clásicas que se utilizan en la imprenta o artes gráficas, ciertas máquinas especiales, de estructura muy peculiar, hecho que permite determinar que la clasificación de la impresora de códigos de barra procede por la partida 84.43, específicamente por la posición 8443.5900 del Arancel Aduanero Nacional.



Que, por tanto, en mérito de las consideraciones vertidas precedentemente, y



TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.



SE DECLARA:

1. Producto denominado “impresora de códigos de barra por método de transferencia térmica y/o tranferencia directa, marca Zebra, modelo TLP 2746”, su clasificación procede por el ítem 8443.5900 del Arancel Aduanero.



2. Entérese en Tesorería la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.-), valor del presente Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago.



Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.

sábado, octubre 09, 2004

22" Newtonians

google y el ocio juntos y encontre esta wea

22" Newtonians

sábado, julio 10, 2004

El cartero de Neruda

¡Ahora tu sonrisa es
una mariposa, pero mañana tus tetas van a ser dos palomas que quieren
ser arrulladas, tus pezones van a ser dos jugosas frambuesas, tu lengua
va a ser la tibia alfombra de los dioses, tu culo va a ser el velamen de un
navío, y la cosa que ahora te humea entre las piernas va a ser el horno
azabache donde se forja el erguido metal de la raza! ¡Buenas noches!

viernes, junio 11, 2004

Google Toolbar

instale la barra google y me llamo la atencion el blogger
Google Toolbar

hola

can